En el BOE de ayer día 10 de junio se publicó el extracto de la Resolución de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación por la que se aprueba la convocatoria del año 2021 del procedimiento para la concesión de ayudas para la adquisición de equipamiento científico-técnico correspondientes al Programa Estatal de Generación del Conocimiento y Fortalecimiento Científico y Tecnológico del Sistema de I+D+i, Subprograma Estatal de Infraestructuras de investigación y Equipamiento Científico-Técnico,  en el marco del Plan Estatal de I+D+i 2017-2020.

 

Objeto: La finalidad de la convocatoria es proveer de equipamiento científico-técnico a los servicios comunes de investigación de las entidades enumeradas en el artículo 5 dotándolos de equipos de última generación, favoreciendo con ello su gestión especializada y eficiente, así como la expansión del uso y el acceso generalizado a dichos servicios comunes de los grupos de investigación.

 

Se entiende por equipamiento científico-técnico el conjunto de medios físicos (equipos o instrumentos) con autonomía para su funcionamiento, necesarios para la realización de actividades de I+D, que incluya los accesorios o aparatos auxiliares que se requieran para que sea plenamente funcional. Puede consistir en un único equipo o instrumento o bien un conjunto de equipos e instrumentos para la dotación de un espacio único. En el caso de que el equipamiento forme parte de una infraestructura distribuida, se financiarán solamente los equipos o instrumentos destinados a un espacio físico único. Se considera, asimismo, equipamiento científico-técnico una instalación que en sí misma tenga funcionalidades equiparables a un equipo o instrumento y constituya el medio físico necesario para el desarrollo de actividades concretas de I+D+i. El equipamiento científico-técnico debe ser de última generación, y, por lo general, altamente especializado o complejo. Además, debe estar concebido para su uso a gran escala y para el aprovechamiento por un gran número de usuarios, y ser gestionado de forma centralizada. Los servicios comunes deben contar con recursos humanos con dedicación completa a su gestión, incluido el mantenimiento, la actualización y el manejo del equipamiento, un protocolo de acceso a los mismos y un sistema que permita repercutir a los usuarios los costes de las prestaciones realizadas, no estando dicho equipamiento ligado a ningún grupo de investigación, ni a un proyecto o proyectos específicos

 

Se entiende por servicios comunes de investigación a las prestaciones proporcionadas por alguna de las entidades enumeradas en el artículo 5, consistentes en proporcionar acceso al propio equipamiento científico-técnico, tecnologías, o servicios especializados de I+D, así como asesoramiento técnico experto, a investigadores pertenecientes a la institución donde se ubica y también a investigadores externos a la misma.

 

Los proyectos deberán cumplir con el principio DNSH (Do Not Significant Harm) debiendo ser respetuosos con el medio ambiente.

 

Conceptos susceptibles de ayuda: serán elegibles los costes de adquisición de equipamiento científico-técnico de última generación, su instalación y puesta en funcionamiento en servicios comunes.

 

Incluye: costes de adquisición de equipos nuevos (incluidos accesorios y aparatos auxiliares) transporte, obra civil para la construcción de una instalación o acondicionamiento necesario para la instalación del equipo y otros costes como licencias permanentes de programas de ordenador de carácter técnico necesario para el adecuado uso del equipamiento.

 

Excluye: mobiliario de oficina, equipamiento para laboratorios destinados a grupos de investigación, de alumnos o docencia en general, gastos de mantenimiento o reparación ni seguros del equipamiento, garantías y gastos de formación que no estén incluidas en el precio de adquisición, material bibliográfico, material fungible, gastos de alquiler y el IVA. Estas ayudas no llevan asociadas costes indirectos.

 

Período de ejecución: la vigencia de las ayudas estará comprendida entre el 1 de junio de 2021 y el 31 de diciembre de 2023.

 

Financiación: el presupuesto de la convocatoria son 180 millones de euros. Las ayudas se concederán bajo la modalidad de subvención y estarán financiadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea. Se podrá subvencionar hasta el 100% del coste de cada proyecto (IVA excluido). El coste total de inversión de cada proyecto solicitado deberá ser mayor o igual a 400.000,00 euros y menor o igual a 1.500.000,00 euros. (IVA excluido).

 

Beneficiarios: Organismos Públicos de Investigación (OPIs), Universidades Públicas y otros centros públicos de I+D del sector público institucional.

 

Plazo de solicitudes: del 17 de junio al 6 de julio de 2021 a las 14:00h. El plazo interno en la UCLM será hasta el 2 de julio a las 24:00 h.

 

 

 

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