En el BOE del pasado 31 de diciembre de 2021 se publicaron las bases reguladoras y la convocatoria de tramitación anticipada para el año 2021 del procedimiento de concesión de ayudas a Proyectos de Colaboración Público-privada, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, Programa Estatal para Impulsar la Investigación Científico-Técnica y su Transferencia.
Esta convocatoria sustituye al anterior programa de Retos-Colaboración con empresas.
OBJETO DE LA CONVOCATORIA: El objetivo de la convocatoria es la financiación de proyectos de desarrollo experimental en colaboración entre empresas y organismos de investigación, con la finalidad de avanzar en la incorporación de conocimientos y resultados científico-técnicos que permitan la validación y el desarrollo precompetitivo de nuevas tecnológicas, productos y servicios.
PRESUPUESTO: El presupuesto de la convocatoria es de 375 millones de euros (150 millones de euros en forma de subvención para organismos de investigación y 225 millones de euros en forma de créditos para empresas), con financiación procedente del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la UE. Convocatoria no cofinanciada con fondos FEDER.
BENEFICIARIOS: La universidad puede participar como subcontratada o como beneficiaria de ayuda a costes marginales en proyectos en colaboración entre organismos de investigación y empresas. Obtendrán la condición de beneficiario las agrupaciones sin personalidad jurídica de entidades públicas y/o privadas que realicen el proyecto. Cada miembro de la agrupación tendrá igualmente la condición de beneficiario. Características de las agrupaciones: deberán estar constituidas como mínimo por dos entidades, siendo obligatoriamente una de ellas un organismo de investigación público o privado. El representante de la agrupación de entidades que presente el proyecto (Coordinador) deberá ser una empresa.
CARACTETÍSTICAS DE LOS PROYECTOS: a)Cuantía: el Presupuesto mínimo será de 400.000 euros. b)Participación en presupuesto: la participación mínima por entidad (incluyendo los costes de personal propio) será del 10% del presupuesto total de proyecto, siendo obligatorio que todas las entidades soliciten ayuda. La suma de los porcentajes de participación empresarial deberá ser superior al 51% del presupuesto global presentado, sin que ninguna entidad corra por si sola con más del 70% de dicho presupuesto. En consecuencia, la suma de los porcentajes de participación de los organismos de investigación (incluyendo los costes de personal propio) deberá encontrarse entre el 10 y 49% del presupuesto global del proyecto. c)Duración: los proyectos tendrán una duración de 36 meses, con inicio en 2022 (la fecha de inicio deberá indicarse en la solicitud de ayuda y deberá ser posterior a la fecha de cierre de la convocatoria) y con fecha máxima de finalización (improrrogable) el 31/12/2025.Como novedad, habrá un único periodo de ejecución de gasto (sin anualidades presupuestarias). La ayuda concedida podrá gastarse a lo largo de la ejecución del proyecto. d)Seguimiento y justificación: habrá que presentar un único informe científico-técnico a la finalización del proyecto. La justificación económica será anual, mediante informe de auditor. Se justificará cada año los gastos incurridos, independientemente del calendario de pagos de la ayuda.
GASTOS ELEGIBLES: personal contratado para el proyecto, gastos de amortización de equipamiento, materiales, viajes y dietas, subcontrataciones, informa de auditoría (1200€/año), otros gastos y costes indirectos. El IVA no será elegible así como tampoco las asistencias a congresos o jornadas, los gastos de difusión de resultados y los gastos derivados de publicaciones
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