Estimados/as compañeros/as

 

Tras el acuerdo alcanzado el pasado día 16 de diciembre de 2015 con las Organizaciones Sindicales, sobre la jornada de trabajo, compensación por formación y asuntos propios justificados, en el que se recoge, entre otras cuestiones, con objeto de favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral, el establecimiento de treinta minutos diarios en cómputo anual, sin recuperación, mientras se mantenga la vigencia de la disposición adicional septuagésima primera de la Ley 2/2012, se ha dictado la instrucción que se adjunta al presente comunicado estableciendo los distintos regímenes de jornada que se recogen en la relación de puestos de trabajo del Personal de Administración y Servicios.

 

La presente instrucción tiene efectos de 1 de enero de 2016. No obstante, hasta la parametrización de la aplicación de Gestión Integral de Presencia (FIP)  conforme a los criterios establecidos en la instrucción, el saldo horario que se mostrará no será el correcto, aunque se regularizará en los próximos días.

 

Recibe un cordial saludo y aprovecho para desearte un Feliz Año 2016.

 

Tomás López Moraga
Gerente

 

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