INSTRUCCIÓN DE LA GERENCIA DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA, SOBRE LAS MEDIDAS EXTRAORDINARIAS PREVISTAS, PARA ADAPTAR EL FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS A LA SUSPENSION TEMPORAL DE LA ACTIVIDAD DOCENTE PRESENCIAL.
Encomendada a la Gerencia por Resolución del Rector de 11 de marzo, por la que se adoptan medidas preventivas y recomendaciones de salud pública relativas a la comunidad universitaria como consecuencia de la situación, evolución y perspectivas del coronavirus (COVID-19), con la finalidad de evitar aglomeraciones que puedan facilitar la propagación del virus, la adopción de las actuaciones necesarias para compatibilizar el adecuado funcionamiento de los distintos servicios y la conciliación de la vida familiar, haciendo uso de medidas tales como el sistema de teletrabajo o la reordenación de los turnos de trabajo, se adoptan las siguientes medidas excepcionales dirigidas al Personal de Administración y Servicios: Con carácter general la actividad presencial del personal de administración y servicios seguirá desarrollándose con normalidad en las instalaciones de la Universidad, que seguirán abiertas en todos los campus. 1. No obstante, con la finalidad de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral, se permitirá la modalidad de teletrabajo, siempre que la actividad y funciones del puesto lo permita, para la totalidad de la jornada, estableciéndose el marcaje virtual para todos los teletrabajadores y exclusivamente mientras dure esta situación, previa autorización de los directores de unidad o responsable directo para poder programar la actividad adecuadamente y siempre que se acredite encontrarse en alguna de las siguientes circunstancias:
a. El deber de atender al cuidado de un hijo/a de hasta 18 años, familiares a su cargo sin límite de edad que por razones de salud o discapacidad superior al 33% que requiera de cuidados y no pueda dejarle al cuidado de ninguna persona responsable. En el caso de que ambos progenitores o responsables del dependiente tengan la condición de personal de la UCLM, no podrán disfrutar de estas medias simultáneamente.
b. Que el empleado o empleada tenga diagnosticada alguna enfermedad crónica o patología considerada de riesgo en esta alerta sanitaria, o por recomendación médica.
c. Otros casos excepcionales en el que el personal tenga fijada su residencia en zonas el que se hayan dictado medidas excepcionales.
d. Trabajadores de edad igual o superior a 60 años.
2. La solicitud se realizará mediante la aplicación Gestión Integral de Presencia (GIP), desde la opción: Solicitud excepcional de teletrabajo (disponible a partir del día 13 de marzo).
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